Así funciona Bogotá
1. Plan de Desarrollo
Distrital
Bogotá Cómo Vamos le hace seguimiento al Plan Distrital de Desarrollo a través del Informe de Calidad de Vida que se publica anualmente. En esta sección se pone en contexto la composición y la importancia del Plan de Desarrollo en Bogotá.
Es la hoja de ruta de la Administración Distrital que determina el rumbo de la ciudad en los próximos cuatro años. Sus propuestas deben ser medibles y cuantificables.
Según el Acuerdo 12 de 1994 el Plan de Desarrollo tendrá como fundamentos:
- Los planes y políticas nacionales de desarrollo regional y urbano.
- El programa que el alcalde Mayor en ejercicio haya presentado en el momento de inscribir su candidatura para tal cargo, en el cumplimiento del mandato constitucional prescrito en el artículo 259 de la C.N.
- La información pormenorizada sobre la evaluación del Plan de Desarrollo vigente, según lo establecido por la Ley 9 de 1989, artículo 3, inciso cuarto.
- El diagnóstico de la situación procedente integral y de la capacidad de desarrollo sostenible de la administración del Distrito Capital.
- El Plan de Ordenamiento Físico y el correspondiente Estatuto de Ordenamiento Físico.
- Proceso de Planeación.
- Eficiencia.
- Viabilidad.
- Coherencia.
- Desarrollo armónico de las localidades.
¿
?
Qué debe contener
el Plan de Desarrollo
- Los objetivos, metas y prioridades del Plan a nivel Distrital como Local.
- Las estrategias y políticas generales y sectoriales.
- Los programas para desarrollar las estrategias y las políticas adoptadas.
- Cronograma de ejecución y organismo responsables de la misma.
- El señalamiento de las normas, medio e instrumentos de coordinación de la planeación distrital con la planeación nacional, regional, departamental, local y sectorial.
El Plan de Inversiones Públicas, contendrá los presupuestos plurianuales de los principales proyectos prioritarios y la determinación de los recursos financieros que garanticen su ejecución.
Un nuevo contrato social,
propuesta del Plan de Desarrollo para Bogotá
2020-2024
El 30 de abril
La Administración Distrital entregó al Concejo de Bogotá la propuesta de Plan de Desarrollo.
La propuesta de tiene
5 propósitos; 30 logros de ciudad; 65 programas generales y 17 programas estratégicos.
Dentro de sus prioridades
Está a la población vulnerable.
Apuesta por consolidar
La ciudad– región, el desarrollo sostenible, así como ser una oportunidad para dar cumplimiento y establecer metas de ciudad de cara a los ODS 2030.
Desafíos frente a la planeación del territorio
2. Plan de Ordenamiento
Territorial
La ciudad presenta desafíos frente a la planeación del territorio y enfrenta retos como, por ejemplo, el cambio climático, eficiencia energética, movilidad sostenible, entre otros. Por otro lado, el Covid-19 ha mostrado la importancia de planificar ciudades inclusivas, sostenibles y resilientes que le permitan adaptarse a los cambios.
Bogotá Cómo Vamos, presentó recomendaciones para la formulación, el articulado del proyecto de Acuerdo y discusión del Plan de Ordenamiento Territorial (POT) en el Concejo de Bogotá, con el objetivo de contribuir en la visión de largo plazo de la ciudad; con un enfoque transversal hacia el Desarrollo Urbano Sostenible.
¿Qué es el Plan de Ordenamiento
Territorial (POT)?
Es la carta de navegación de los municipios y distritos para planear su desarrollo de tal forma que puedan prepararse a los desafíos del crecimiento, mejorar la calidad de vida de las personas y la competitividad de las ciudades. Esta norma establece los usos del suelo, y los lineamientos de crecimiento de la ciudad. Garantiza el cuidado de los recursos naturales y áreas protegidas. Le permite a los ciudadanos y a la Administración Distrital orientar sus acciones en materia de desarrollo urbano y rural
El POT afecta a todos los ciudadanos. Por ejemplo, según lo establecido, evita que al lado de su casa ubicada en una zona residencial, le construyan una discoteca, pero también puede permitir que muy cerca funcionen equipamientos como un hospital o un jardín para garantizarle el fácil acceso a diferentes servicios. A esto se refiere los usos del suelo.
Con el POT también se deben proteger los recursos naturales, por ejemplo, debe garantizar que el humedal que es un recurso natural de toda la ciudad no se convierta en terreno urbanizable. Además destina los suelos en los que se realizarán la construcción de vías, áreas verdes y espacio público. Entre muchas otras disposiciones.
Tenga en cuenta que una de las premisas del POT es que prima el bien público sobre el particular.
- Mejorar la calidad de vida de los habitantes, mediante el acceso a oportunidades y beneficios que ofrece el desarrollo de la ciudad.
- Garantizar que todos los ciudadanos tengamos acceso a los servicios comunes de la ciudad: vías, parques, colegios, hospitales, servicios públicos, vivienda digna.
- Procurar la utilización racional del suelo para favorecer el interés común, la sostenibilidad ambiental y la preservación del patrimonio.
- Velar por la sostenibilidad ambiental y la seguridad de la población ante riesgos naturales.
Debe ser el resultado de un proceso de participación y concertación entre la Alcaldía, actores privados como gremios de diversos sectores y la ciudadanía en general. Entre estos actores se encuentra, por ejemplo: la Corporación Autónoma Regional (CAR), el Consejo Territorial – CTPD, el Concejo de Bogotá, gremios económicos, actores comunitarios, sociedad civil, entre otros.
Su elaboración tiene tres fases:
- Formulación: es el periodo en el que se realiza el alcance, el prediagnóstico y diagnóstico y se elabora la propuesta de POT.
- Concertación y consulta ciudadana: es la etapa en la que se presenta a la CAR, la cual establece los determinantes ambientales y es responsable del manejo, asesoría y aprobación del proyecto de POT en lo concerniente a los asuntos ambientales. La CAR dispone de 45 días hábiles para pronunciarse después de presentada la propuesta. También se encuentra el CTPD, que es una instancia de participación ciudadana que agrupa a diferentes grupos y sectores de la ciudad, el cual estudia la propuesta y cuenta con 30 días hábiles para pronunciarse y dar observaciones.
- Aprobación: fase en la que es presentado el proyecto de Acuerdo al Concejo de la ciudad, el cual estudia, debate y aprueba o no el POT. Si el Concejo no se llegara a pronunciar en un periodo de 90 días, el Alcalde lo podrá adoptar por decreto.
Cada 12 años.
Las autoridades municipales y distritales podrán revisar y ajustar los Planes de Ordenamiento Territorial o sus componentes una vez vencido el período constitucional inmediatamente anterior.
En las revisiones de los Planes de Ordenamiento se evaluará por los respectivos Alcaldes los avances o retrocesos y se proyectarán nuevos programas para el reordenamiento de los usos de servicios de alto impacto.
Recomendaciones
de Bogotá Como Vamos para el POT
Teniendo en cuenta la importancia que implica el POT para la ciudad, al ser la hoja de ruta para la planeación de la ciudad durante 12 años, Bogotá Cómo Vamos hizo una revisión del contenido programático presentado en los Artículos 565° a 571° del documento presentado para la discusión ante el Concejo de Bogotá, y presenta unas breves reflexiones, usando como referencia los análisis realizados por expertos en diferentes temáticas en el Informe de Calidad de Vida del 2020. Estas reflexiones, hacen referencia a los subprogramas de reasentamiento, manejo integral de residuos sólidos, cualificación del hábitat y vivienda de interés social y vivienda de interés prioritario. Con esto, el Programa busca incidir de manera positiva en el mejoramiento de la calidad de vida de los ciudadanos y en un mejor POT para el desarrollo sostenible de la ciudad.
